EMPRESA CONSTRUCTORA DE CASA DE CAMPO PARA EL TURISMO RURAL

Esta empresa construirá o reformara casas de campo, con un objetivo de impulsar el turismo rural, en pueblos que se estan quedando abandonados por sus habitantes.

Tomando en cuenta que existe abandono y envejecimiento de sus habitantes, estos pueblos están quedando vacios.

Estos pueblos tienen paisajes mágicos, de un embrujo natural, caracteristico en cada región, que pide a gritos la visita de gente de las grandes ciudades, que buscan las bondades de la tranquilidad de una casa rural.

viernes, 26 de noviembre de 2010

LA EMPRESA QUE PRETENDO CREAR ES LA SIGUIENTE


 
Sociedad de Responsabilidad Limitada

Se trata de una sociedad mercantil de tipo capitalista, en la cual el capital se encuentra dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles. Las cuales no pueden unirse a títulos negociables ni denominarse acciones. Además la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada se caracteriza por:


• El socio de una sociedad de responsabilidad limitada no responde personalmente a las deudas de la sociedad.
• Si un socio desea abandonar la sociedad no puede ceder sus participaciones a quien quiera, sino que tendrán preferencia los demás socios o la propia sociedad.
• Puede ser constituida por un solo socio, Sociedad Limitada Unipersonal. Esto deberá indicarse en toda la documentación, correspondencia, etc (SLU).
• Tiene personalidad jurídica.
• Independientemente de la naturaleza de su objeto es una sociedad mercantil. Su constitución debe ser formalizada en una escritura pública e inscrita en el Registro Mercantil.
• En el nombre que se asigne a la sociedad deberá figurar lo siguiente; Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “Sociedad Limitada”
• El capital de la empresa deberá estar en el momento de la constitución de la misma.
• Capital mínimo: 3.005,06€
• Dicho capital, aportado por cada uno de los socios, podrá ser dinero, bienes o derechos que puedan ser valorados económicamente.
• La transmisión de las participaciones sociales aparecerá en un documento público.
• Una sociedad limitada esta compuesta por dos órganos; la Junta General y los Administradores.

No hay comentarios:

Publicar un comentario